Buenos Aires: multas al maltrato de animales domésticos
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó hoy la incorporación del capítulo “Protección y cuidado de animales domésticos” al Código Contravencional. Mediante esta normativa se establece que el abandono y el maltrato de animales domésticos podrá ser penalizado con multas de entre 6.320 y 42.800 pesos argentinos o trabajo comunitario de 3 a 5 días.
El proyecto, presentado por el legislador Daniel Presti, recibió 41 votos afirmativos y 15 abstenciones. La medida considera no solo golpes o lesiones a los animales, sino también otros tipos de malos tratos como: no alimentarlos adecuadamente, no cuidar su salud, ponerlos en situaciones que agredan su integridad, o alojarlos en lugares impropios.
En Argentina, rige la ley N° 14.346, que data de 1954, que dispone penas de prisión de quince días a un año para aquellos que maltraten o ataquen cruelmente a los animales. Pero, dicha norma nacional es excarcelable y no contempla la aplicación de multas.
Según publicó el sitio web de la Legislatura porteña, a los efectos legales, se considera animal doméstico a "todo animal de compañía que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su cuidador responsable atención, protección, vivienda, alimento y cuidados sanitarios".